13. Diferencia entre «cadáver», «occiso», «difunto» e «interfecto»

Parte del estudio de la redacción jurídica es saber en qué momento de un escrito debemos colocar la palabra correcta. En el ámbito penal (por ejemplo, en los casos de homicidios o asesinatos) se debe escribir con precisión y para esto, es menester saber el significado correcto de cada palabra.

De esta manera, tenemos los siguientes cuatro términos:

Cadáver. En el DLE se define como «cuerpo muerto». De esta manera, entendemos que un cadáver es la forma general de llamar a cualquier cuerpo sin vida de una persona que no se encuentre enterrado.

Difunto. En el DLE se define como «dicho de una persona muerta», sin embargo, vale aclarar que si bien se trata de una persona que murió, esta muerte se produjo por causas naturales.

Occiso. El DLE lo define como «muerto violentamente». Queda claro que se refiere a una persona que murió de manera violenta, pero no como consecuencia de un homicidio, sino quizá como consecuencia de un atropello o que la persona murió electrocutada.

Interfecto. El DLE nos define también como producto de una muerte violenta, sin embargo, aclara que el muerto fue víctima de alguna acción delictiva.

Como podemos ver, gracias a la redacción jurídica, se puede conocer mejor el significado y empleo de estos términos, sobre todo en el ámbito penal.

Escrito por David E. Misari Torpoco
20 de julio de 2022



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