¿Cuál es el orden para redactar el artículo y sus divisiones (incisos, literales, numerales) en un escrito jurídico?

                                      

Más de una vez hemos visto en varios textos jurídicos que la redacción de los artículos, incisos, numerales, literales y otros componentes de esta división se redactan de manera desordenada o que empiezan por la división menor hasta la mayor; es decir, empiezan por el numeral o literal y al final escriben el artículo. Esto suele ser redactado de manera frecuente, para esto, revisemos algunos ejemplos:


Tal como se puede observar, normalmente se suele empezar por el numeral o el literal y terminar con el artículo, pero ¿será correcto este orden?

Aquí te ofreceré dos posturas para que sepas que ese orden no es el correcto.

1. Desde la perspectiva de la lógica jurídica

Existe un método lógico (deductivo) que enseña que se debe partir de lo general a lo particular al momento de exponer o escribir alguna idea. Si aplicamos este método deductivo a la redacción de los artículos y sus divisiones, nos daremos cuenta que estamos más organizados, porque al momento de buscar la ley, la norma o el dispositivo legal en algún texto, siempre empezaremos por ubicar en primer lugar al artículo (lo general) y luego a su numeral o literal (lo particular). De este modo, se trabaja más ordenado y por eso debemos empezar por citar primero el artículo y luego sus incisos, literales y numerales. La fórmula es la siguiente:
     

2. Desde la perspectiva de la redacción legislativa

En el Manual de técnica legislativa (actual) punto VI, literal a notamos que el contenido de la ley tiene un orden lógico que expresa claridad en el texto, para lo cual, se empieza de lo general a lo particular. Además, esto se complementa con el Manual de técnica legislativa (2010-2011) punto 3, inciso 3.4 cuando nos muestra la división del artículo. Para esto nos presenta el siguiente esquema ordenado: artículo, párrafo (acápite), inciso, literal y numeral. A continuación te mostramos lo del manual:
              
Lamentablemente, en el manual actual, dentro del capítulo correspondiente a la división del artículo (p. 61) retiraron el cuadro donde se establecía la secuencia ordenada 
artículo, párrafo (acápite), inciso, literal y numeral. Esto no significa que no se deba respetar el orden lógico, pues al contrario, el orden lógico debe seguir, ya que el orden lógico siempre va de lo general a lo particular. Se recomienda que actualicen e incorporen el orden lógico a las referencias para que se escriban de modo descendente y no ascendente. 

Ahora que ya sabes como es el orden para escribir, lo más recomendable es que empieces a plasmarlo en tus escritos y así contribuir a una redacción jurídica más óptima y siempre con el respeto de las reglas gramaticales y ortográficas.

Escrito por David E. Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica
11 de abril de 2023






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