La
Real Academia Española (RAE) sostiene escribir con minúscula inicial los
nombres de los delitos porque estos se consideran sustantivos comunes y no
nombres propios. Esta norma sigue el principio general del español según el
cual solo los nombres propios (como los de personas, instituciones o lugares)
llevan mayúscula inicial.
1. Fundamento de
la norma
En
primer lugar, se sabe que los términos jurídicos son de naturaleza común. Esto
implica que los nombres de los delitos como homicidio, robo, lavado de activos,
cohecho, estafa, etc., que designan acciones o conductas tipificadas en el
derecho penal, no son nombres propios ni títulos. Por este motivo se escriben
con minúsculas iniciales, igual que otros sustantivos comunes (trabajo, viaje, comida).
En
segundo lugar, es menester reconocer que, aunque estos términos (los delitos)
aparecen en contextos formales o jurídicos, el hecho de que pertenezcan al
lenguaje técnico o especializado no justifica el uso de mayúsculas. Lo mismo
ocurre en disciplinas como la medicina (cuando se habla de las enfermedades,
por ejemplo: diabetes, infarto) o en otras ciencias (reacción química, teoría
de la relatividad).
2. La cuenta de
la RAE en Twitter
En
el Twitter de la RAE, se establece claramente lo siguiente:
De
esta manera tenemos los siguientes ejemplos:
«Fue
acusado de homicidio culposo».
«El
juez lo condenó por estafa agravada».
El
hecho de que un delito tenga implicaciones jurídicas no cambia su categoría
gramatical.
Ahora bien, si los nombres de los
delitos se escriben con iniciales minúsculas ¿por qué en el Diccionario panhispánico del español
jurídico de la RAE se encuentra que el nombre del delito contra la
Administración pública, la letra A de «administración», va con mayúscula
inicial?
Explicación
El
nombre del «delito contra la Administración pública» se escribe así:
✅ delito
(minúscula, sustantivo común)
✅ contra
la Administración pública (aquí, «Administración pública» va con mayúscula
porque se refiere a la institución en sentido jurídico y específico).
Seamos
más específicos con la explicación. La RAE establece que se escribe con
mayúscula inicial cuando «Administración pública» se usa como nombre propio de
una entidad o estructura formal del Estado. En este caso, no se trata de
cualquier administración, sino de la entidad gubernamental y burocrática que
gestiona los recursos públicos y aplica las políticas públicas.
Ejemplo:
Con
mayúscula (nombre propio institucional):
Fue
condenado por un delito contra la Administración pública.
(Se refiere a la entidad estatal en su conjunto: ministerios, secretarías,
organismos, etc.)
3. Conclusión
La
RAE no se contradice cuando sostiene que los nombres de los delitos van con
minúsculas iniciales y en el caso de «Administración pública» va con mayúscula
inicial. Lo que hace es aplicar su norma coherentemente:
✅ Delito
de peculado
✅ Delito
contra la Administración pública
La
mayúscula en Administración pública no depende del hecho de ser un delito, sino
por tratarse de la entidad estatal concreta (mayúscula).
Escrito por David Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica
7 de junio de 2025
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