290 | Los nombres de los delitos se escriben con letras minúsculas iniciales (RAE)

 


La Real Academia Española (RAE) sostiene escribir con minúscula inicial los nombres de los delitos porque estos se consideran sustantivos comunes y no nombres propios. Esta norma sigue el principio general del español según el cual solo los nombres propios (como los de personas, instituciones o lugares) llevan mayúscula inicial.

1.         Fundamento de la norma

En primer lugar, se sabe que los términos jurídicos son de naturaleza común. Esto implica que los nombres de los delitos como homicidio, robo, lavado de activos, cohecho, estafa, etc., que designan acciones o conductas tipificadas en el derecho penal, no son nombres propios ni títulos. Por este motivo se escriben con minúsculas iniciales, igual que otros sustantivos comunes (trabajo, viaje, comida).

En segundo lugar, es menester reconocer que, aunque estos términos (los delitos) aparecen en contextos formales o jurídicos, el hecho de que pertenezcan al lenguaje técnico o especializado no justifica el uso de mayúsculas. Lo mismo ocurre en disciplinas como la medicina (cuando se habla de las enfermedades, por ejemplo: diabetes, infarto) o en otras ciencias (reacción química, teoría de la relatividad).

2.        La cuenta de la RAE en Twitter

En el Twitter de la RAE, se establece claramente lo siguiente:

De esta manera tenemos los siguientes ejemplos:

«Fue acusado de homicidio culposo».

«El juez lo condenó por estafa agravada».

El hecho de que un delito tenga implicaciones jurídicas no cambia su categoría gramatical.

Ahora bien, si los nombres de los delitos se escriben con iniciales minúsculas ¿por qué en el Diccionario panhispánico del español jurídico de la RAE se encuentra que el nombre del delito contra la Administración pública, la letra A de «administración», va con mayúscula inicial?

  Explicación

El nombre del «delito contra la Administración pública» se escribe así:

delito (minúscula, sustantivo común)
contra la Administración pública (aquí, «Administración pública» va con mayúscula porque se refiere a la institución en sentido jurídico y específico).

Seamos más específicos con la explicación. La RAE establece que se escribe con mayúscula inicial cuando «Administración pública» se usa como nombre propio de una entidad o estructura formal del Estado. En este caso, no se trata de cualquier administración, sino de la entidad gubernamental y burocrática que gestiona los recursos públicos y aplica las políticas públicas.

  Ejemplo:

Con mayúscula (nombre propio institucional):

Fue condenado por un delito contra la Administración pública.
(Se refiere a la entidad estatal en su conjunto: ministerios, secretarías, organismos, etc.)

3.        Conclusión

La RAE no se contradice cuando sostiene que los nombres de los delitos van con minúsculas iniciales y en el caso de «Administración pública» va con mayúscula inicial. Lo que hace es aplicar su norma coherentemente:

Delito de peculado

Delito contra la Administración pública

La mayúscula en Administración pública no depende del hecho de ser un delito, sino por tratarse de la entidad estatal concreta (mayúscula).

Escrito por David Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica
7 de junio de 2025

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