Análisis de «Cuanto más corrupto es el Estado, más leyes tiene» (Tácito)

«Cuanto más corrupto es el Estado, más leyes tiene».

—Tácito

Tácito ofrece una observación penetrante sobre la dinámica entre la corrupción y la proliferación legislativa. Para analizar y explicar este pensamiento, nos remitiremos a cuatro perspectivas.

1. Contexto histórico y filosófico

Tácito, historiador y senador romano del siglo I d. C., escribió sobre las realidades políticas y morales de su tiempo, especialmente en su obra «Anales». Este pensamiento refleja su crítica hacia la degeneración moral y la sobreabundancia normativa en el Imperio romano. Según Gibbon (2001), la corrupción institucionalizada en Roma llevó a un incremento en la cantidad de leyes como intento de controlar una sociedad cada vez más desorganizada y moralmente débil.

2. Proliferación legislativa como síntoma de corrupción

La relación entre corrupción y proliferación normativa es compleja. Rose-Ackerman (1999) argumenta que los Estados corruptos tienden a crear más leyes como una respuesta a su incapacidad de gobernar eficazmente mediante instituciones éticas y transparentes. Esto se puede ver en dos aspectos principales:

    1. Intento de control. Un Estado corrupto promulga más leyes para mantener un control riguroso sobre la población y la economía. Esto crea un entorno donde la burocracia se utiliza como una herramienta de opresión más que de servicio público (Rose-Ackerman, 1999).
    2. Compensación por la ineficacia. Cuando las leyes existentes fallan en su propósito debido a la corrupción, se crean nuevas leyes en un intento de llenar el vacío de autoridad y justicia. Esto, sin embargo, rara vez aborda las causas fundamentales de la corrupción (Klitgaard, 1988).

3. Consecuencias de la proliferación normativa

La creación excesiva de leyes en un Estado corrupto puede tener diversas consecuencias negativas. A continuación describiremos tres:

  1. Inseguridad jurídica. La sobreabundancia de leyes puede llevar a una mayor confusión y dificultad en su cumplimiento, lo que a su vez genera inseguridad jurídica. Este fenómeno se ha observado en varias jurisdicciones donde la corrupción es endémica (Treisman, 2000).
  2. Selectividad y discrecionalidad. La multiplicidad normativa puede permitir la aplicación selectiva y discrecional de la ley, favoreciendo a ciertos individuos o grupos y perpetuando la corrupción (Darden, 2008).
  3. Carga administrativa. Un exceso de leyes aumenta la burocracia, creando una administración costosa e ineficiente que se enfoca más en el cumplimiento de procedimientos que en la obtención de resultados justos y equitativos (Mauro, 1995).

4. Análisis comparado y teórico

En una comparación internacional, países con altos niveles de corrupción suelen tener una proliferación legislativa constante sin mejoras significativas en la gobernanza (La Porta et al., 1999). Por ejemplo, en algunos países de América Latina, la creación constante de nuevas leyes no ha logrado reducir la corrupción, sino que ha generado más oportunidades para prácticas corruptas (Manzetti & Blake, 1996).

Teóricamente, el pensamiento de Tácito puede vincularse con teorías de gobernanza y Estado de derecho. Según North, Wallis y Weingast (2009), un Estado eficiente y justo se caracteriza por un marco legal claro y estable, con instituciones que funcionan de manera transparente y responsable, reduciendo así la necesidad de una proliferación legislativa constante.

5. Conclusión

El pensamiento de Tácito resalta una crítica duradera y relevante sobre la relación entre corrupción y proliferación legislativa. En un Estado corrupto, la multiplicación de leyes puede ser tanto una consecuencia de la incapacidad de gobernar eficazmente como una herramienta de control y explotación. Este análisis subraya la importancia de la integridad en la gobernanza y la necesidad de un marco normativo claro y eficiente para evitar los peligros de la corrupción y la proliferación normativa excesiva.

Referencias bibliográficas

Darden, K. (2008). “The integrity of corrupt States: graft as an informal State institution”. Politics & Society, 36(1), 35-59.

Gibbon, E. (2001). The history of the decline and fall of the Roman Empire. Modern Library.

Klitgaard, R. (1988). Controlling corruption. University of California Press.

La Porta, R., Lopez-de-Silanes, F., Shleifer, A., & Vishny, R. (1999). “The quality of Government”. Journal of Law, Economics, and Organization, 15(1), 222-279.

Manzetti, L., & Blake, C. H. (1996). “Market reforms and corruption in Latin America: new means for old ways”. Review of International Political Economy, 3(4), 662-697.

Mauro, P. (1995). “Corruption and growth”. The Quarterly Journal of Economics, 110(3), 681-712.

North, D. C., Wallis, J. J., & Weingast, B. R. (2009). Violence and social orders: a conceptual framework for interpreting recorded human history. Cambridge University Press.

Rose-Ackerman, S. (1999). Corruption and government: causes, consequences, and reform. Cambridge University Press.

Treisman, D. (2000). “The causes of corruption: a cross-national study”. Journal of Public Economics, 76(3), 399-457.


Escrito por David Misari Torpoco
Abogado y docente
9 de junio de 2024

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