Las fuentes filosóficas-jurídicas del debido proceso

Seguramente, alguna vez te has preguntado ¿por qué es necesario que el juez escuche a ambas partes? Aunque parezca una pregunta simple, se puede sostener que, históricamente, esta pregunta presenta una respuesta más profunda. Como abogados, sabemos que el debido proceso debe desarrollarse de acuerdo a los criterios mínimos que ofrezca una sólida defensa del procesado con el único fin de que el juez opte por una decisión justa de acuerdo a la ley.

Es aquí donde se produce lo que conocemos como la «audiencia en derecho», pero ¿a qué nos referimos con esto? Respecto a esto, el filósofo del derecho Karl Larenz en su obra Derecho justo, fundamentos de ética jurídica nos dice que el juez debe escuchar a las partes, puesto que cada parte debe aportar y alegar todo lo que contribuya a esclarecer el asunto.[1]

Lo más probable es que Larenz, al igual que otros juristas, recurrieron a las fuentes antiguas, esto es, los textos clásicos, pues como abogados y juristas queda claro que estos hombres leyeron a los clásicos como Cicerón, Catón, Suetonio, Tito Livio, Séneca, entre otros. Precisamente, mencionamos a Séneca, puesto que en su texto titulado Medea, el filósofo estoico escribió en latín lo siguiente: Qui statuit aliquid parte inaudita altera, aequum licet statuerit, haud aequus fuit. Ahora bien, para entender el texto en latín, recurrimos a la traducción de Luque Moreno quien lo traduce de la siguiente manera: «El que ha dictado una sentencia sin haber escuchado a la parte contraria, aunque justa haya sido la sentencia, no ha sido justo él [el juez]».[2] Recordemos que Séneca también fue abogado y colocó estas palabras en boca de Medea que logra establecer un nexo entre el juzgador (quien para los romanos la figura del iudex era conocido como «aquel que debe ser justo» y el derecho a ser escuchado (por las partes). Las palabras que leíste en latín y cuya traducción te acabo de proporcionar, fueron las palabras que Medea le arguye y argumenta al rey Creonte en la obra.  

Siglos más tarde, en China, el político e historiador Wei Cheng (580-643), de la dinastía Tang, comprendió que era un error escuchar a una sola parte en un conflicto, para lo cual dijo: «Si escuchas a ambas partes, se hará en ti la luz; si escuchas solo a una, permanecerás en tinieblas».

De esta manera, el derecho a ser escuchado dentro de un proceso, significa que las partes procesales cuentan con la igualdad de oportunidades para conformar, estructurar y ejercer su defensa siempre respaldado por la ley. Aquí también se aplica el principio de la bilateralidad de la audiencia, donde las partes del proceso deben ser notificadas de manera razonable para que sean escuchados.

Asimismo, recordemos que dentro de la etapa de juzgamiento, en el orden del debate probatorio se sostiene que «El juez penal, escuchando a las partes, decidirá el orden en que deben actuarse las declaraciones de los imputados, si fueran varios, y de los medios de prueba admitidos».

En conclusión, como abogados debemos siempre pretender que se respeten las reglas del debido proceso, pues el debido proceso es un derecho fundamental y un derecho natural que posee todo individuo que le faculta a exigir del Estado, un juzgamiento imparcial y justo, ante un juez responsable, imparcial y competente.  

Escrito por David Misari Torpoco

17 de octubre de 2022


[1] Larenz, K. Derecho justo, fundamentos de ética jurídica, trad. de L. Diez-Picazo. Madrid: Civitas, 1985, p. 186.

[2] Séneca. Tragedias I [Medea, 200]. Trad. de Jesús Luque Moreno. Madrid: Editorial Gredos, 2001, p. 196.

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