La expresión «antecedente previo» es redundante, porque la palabra «antecedente» lleva implícita la condición de ‘previo’.
En los escritos jurídicos se recurre con frecuencia a las redundancias (o
pleonasmos) para reforzar el discurso o, en ocasiones, con una intención
expresiva, sin embargo, no es siempre adecuado aplicarla en el escrito formal.
Si «antecedente» se refiere a la ‘acción, dicho o circunstancia que sirve para
comprender o valorar hechos posteriores’ o, empleado en plural, ‘circunstancia
consistente en haber sido alguien anteriormente condenado u objeto de
persecución penal’, no es recomendable que la palabra «antecedente» vaya
seguida de ‘previo’.
En la imagen se muestra los ejemplos: el ejemplo con el borde rojo (escritura
no recomendable). El ejemplo con borde azul (escritura recomendable).
Para saber o conocer más sobre las redundancias en el derecho puedes revisarlo
en la página 200 de nuestro libro Redacción
Jurídica (Fondo editorial Esipec, 2021).
Escrito por David Misari Torpoco
11 de mayo de 2022
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