1. Domiciliado
El Diccionario de la lengua española ( RAE) nos indica que esta palabra es el participio de «domiciliar» y funciona como adjetivo o sustantivo.
De tal manera, la costumbre de la escritura jurídica le asigna el siguiente significado:
Domiciliado: Dicho de una persona, que tiene domicilio en determinado lugar.
Ejemplo:
Domiciliado: Dicho de una persona, que tiene domicilio en determinado lugar.
Ejemplo:
Juan Pérez, domiciliado en la ciudad de Lima.
El banco verificó los datos del domiciliado.
Aquí «domiciliado» se refiere a la persona que vive o tiene domicilio en un lugar.
2. Domiciliario
El Diccionario de la lengua española (RAE) nos indica que también un adjetivo, pero su sentido es distinto.
El tercer significado de la RAE nos ofrece lo siguiente:
Domiciliario: Perteneciente o relativo al domicilio.
Ejemplo:
Domiciliario: Perteneciente o relativo al domicilio.
Ejemplo:
Arresto domiciliario (= arresto que se cumple en el domicilio).
Servicio domiciliario (= servicio que se presta en el domicilio del cliente).
Aquí «domiciliario» no designa a la persona, sino que califica algo relacionado con el domicilio.
3. Diferencia clave
Domiciliado → la persona que tiene domicilio en un lugar.
Domiciliario → lo relativo o perteneciente al domicilio (tipo de servicio, condición, arresto, visita, atención médica, etc.).
4. Conclusión
4.1 En el Diccionario de la lengua española, la palabra «domiciliado» como tal, no se encuentra registrada. Sin embargo, lo encontramos como un participio dentro de la palabra «domiciliar». De esta manera, la palabra «domiciliado» no es sustantivo, sino participio del verbo 'domiciliar'. Esta forma «domiciliado» suele ser empleada más para el pretérito perfecto (yo he domiciliado en...) como para el futuro perfecto (habré domiciliado en...).
4.2 Lo que se encuentra en el Diccionario de la lengua española es la palabra «domiciliario, -ria» con tres significados. El tercero significa «Persona que tiene domicilio o está avecindado en algún lugar». De tal modo, esta palabra sería el término más apropiado y no «domiciliado».
4.3 En los escritos jurídicos, lo más recomendable es redactar «con domicilio», por ejemplo: «... con domicilio en la av. José Galván...» para referirse al lugar donde vive en el presente (no en el pasado ni en el futuro).
No son lo mismo. La palabra «domiciliado» se aplica a personas, mientras que «domiciliario» se aplica también a personas y a servicios o situaciones vinculadas con el domicilio.

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