La lectura no constituye una actividad uniforme, pues su
desarrollo depende del propósito que persigue un abogado y de la manera en que
este interactúa con el contenido de una obra.
En el ejercicio de nuestra profesión, leer no consiste
únicamente en recorrer documentos jurídicos o revisar disposiciones normativas,
pues también se pretende desarrollar la capacidad de comprender, interpretar,
analizar y extraer información relevante de distintas fuentes del derecho. Por tal
motivo, un abogado debe saber que no todos los textos —jurídicos o no— se leen
de la misma manera ni con idéntica finalidad.
Dependiendo de la naturaleza del texto, del propósito de la
consulta y de la actividad profesional que se pretenda realizar, podemos
distinguir tres modalidades fundamentales de lectura: la lectura secuencial, la
lectura selectiva y la lectura analítica.
1. Lectura secuencial o lineal (de principio a fin)
Esta modalidad de lectura consiste en recorrer íntegramente
una obra, desde su primera página hasta la última, respetando el orden y la
estructura establecidos por el autor. El propósito es comprender el contenido
de manera progresiva, siguiendo la articulación de las ideas, los
acontecimientos y el desarrollo argumentativo o narrativo del texto.
Resulta especialmente apropiada para novelas, cuentos,
biografías, ensayos narrativos y obras literarias, puesto que su comprensión
depende, en gran medida, de la continuidad y conexión entre sus distintas
partes. En el caso de tratarse de textos jurídicos, también se puede aplicar
esta modalidad cuando, como abogados, necesitamos estudiar expedientes
judiciales, resoluciones, sentencias, contratos, informes jurídicos, libros
especializados o investigaciones doctrinarias.
Por ejemplo, cuando un abogado que recibe una sentencia
judicial, no debería limitarse a leer únicamente la parte resolutiva, pues
necesita conocer los antecedentes del proceso, las pretensiones de las partes,
los fundamentos fácticos y jurídicos, la valoración probatoria y el razonamiento
desarrollado por el órgano jurisdiccional. Solo mediante una lectura integral
podrá comprender cómo se construyó la decisión y cuáles son sus implicancias
jurídicas.
En el caso de leer novelas, cuentos, biografías, ensayos y
obras literarias, se debe considerar que la principal característica es que no
se busca fragmentar el contenido ni anticiparse a determinadas secciones, sino
experimentar y comprender la obra en su totalidad. De esta manera, se podrá
identificar la evolución de los personajes, la secuencia de los
acontecimientos, la construcción de los argumentos y la intención comunicativa
del autor.
2. Lectura selectiva, exploratoria o de consulta (no lineal)
En esta modalidad, un abogado no debe abordar la totalidad
de una obra, sino que examina —deliberadamente— determinadas secciones en
función de una necesidad informativa concreta. El fin consiste en localizar,
identificar y recuperar información específica sin necesidad de efectuar una
lectura integral del documento.
Para ello, un abogado puede recurrir al índice general, la
introducción, los títulos y subtítulos, las conclusiones, los glosarios, los
anexos o cualquier otro apartado que le permita encontrar rápidamente el
contenido que necesita.
Esta modalidad resulta útil para consultar diccionarios,
enciclopedias, manuales especializados, libros técnicos y obras de referencia
académica. En el ámbito jurídico es particularmente necesaria cuando se requiere
consultar códigos, leyes, reglamentos, jurisprudencia, precedentes vinculantes,
acuerdos plenarios, manuales jurídicos, diccionarios especializados o
expedientes de considerable extensión.
Por ejemplo, un abogado que necesita verificar el
significado de un término jurídico puede acudir directamente al apartado
correspondiente de un diccionario especializado, sin tener que leerlo
íntegramente. Otro caso, cuando se necesita verificar el plazo para interponer
un recurso impugnatorio, se puede acudir directamente a la disposición
normativa que regula dicho plazo. Del mismo modo, si se necesita identificar el
criterio jurisprudencial establecido sobre una determinada institución
jurídica, se puede revisar los fundamentos pertinentes de una sentencia sin
necesidad de estudiar íntegramente todos sus apartados.
La principal característica es la economía de tiempo y la
orientación hacia un objetivo informativo determinado. No obstante, requiere
que un abogado tenga cierta claridad respecto de aquello que busca, pues una
consulta desordenada puede ocasionar que se omitan datos relevantes o que la
información se interprete fuera de su contexto. En otras palabras, se lee para
encontrar información puntual, resolver una duda o satisfacer una necesidad
específica de conocimiento.
3. Lectura analítica, crítica o de estudio (activa y reflexiva)
Es una modalidad de lectura profunda que exige la
participación intelectual del abogado, quien no se limita a recibir pasivamente
la información, sino que examina, interpreta, cuestiona y evalúa el contenido
de la obra. El propósito fundamental es alcanzar una comprensión rigurosa de
las ideas expuestas, identificar sus fundamentos y establecer relaciones entre
los distintos planteamientos del autor.
A diferencia de la lectura secuencial, la lectura analítica
procura penetrar en la estructura conceptual del texto para comprender no
solamente lo que sostiene el autor, sino también cómo lo argumenta, por qué lo
sostiene y cuáles son las consecuencias de sus planteamientos.
Para esto, es recomendable aplicar diversas técnicas de
estudio, como subrayar las ideas principales, elaborar anotaciones al margen,
formular interrogantes, identificar conceptos fundamentales, contrastar
argumentos, consultar fuentes complementarias y redactar síntesis con palabras
propias. Es indispensable para abordar obras filosóficas, científicas,
históricas y académicas, especialmente cuando se pretende adquirir
conocimientos especializados, desarrollar una postura crítica o construir
nuevos planteamientos a partir de lo leído. En el ámbito jurídico resulta
indispensable para estudiar instituciones jurídicas, interpretar disposiciones
normativas, analizar jurisprudencia, desarrollar investigaciones académicas y
construir argumentos destinados a sustentar una posición jurídica.
Por ejemplo, cuando un abogado estudia una sentencia del
Tribunal Constitucional, no debería limitarse a identificar el sentido de la
decisión. También debe examinar el razonamiento empleado por los magistrados,
determinar los artículos constitucionales interpretados, identificar los
principios involucrados y evaluar la posibilidad de aplicar dicho criterio a
otros casos.
En el caso de una obra filosófica, al estudiar La
República de Platón, el abogado no debería limitarse a conocer las ideas
expuestas sobre la justicia y el Estado, sino que tendría que examinar sus
fundamentos filosóficos, relacionarlos con otros planteamientos y evaluar su
vigencia o sus limitaciones en el pensamiento contemporáneo.
Reflexión final: un abogado debe saber leer antes de saber argumentar
Queda claro que la lectura constituye una de las
competencias intelectuales más importantes en el ejercicio de nuestra carrera.
Un profesional del derecho que no sabe leer adecuadamente puede interpretar
incorrectamente una disposición normativa, pasar por alto un fundamento
determinante de una resolución o construir argumentos sobre información
incompleta.
Por ello, dominar estas tres modalidades no es simplemente
una cuestión de hábito, sino una exigencia para desarrollar un ejercicio
profesional riguroso.
1. Leer secuencialmente permite comprender el contexto y la
totalidad de un documento.
2. Leer selectivamente permite localizar información y
optimizar el tiempo de consulta.
3. Leer analíticamente permite interpretar, cuestionar y
construir razonamientos jurídicos.
Es por ello que un abogado no debe limitarse a leer
documentos jurídicos; debe aprender a examinarlos, interpretarlos y extraer de
ellos el conocimiento necesario para argumentar con solvencia, porque en el
derecho, muchas veces, la diferencia entre una argumentación débil y una
jurídicamente sólida no está en cuánto se ha leído, sino en qué tan bien se ha
comprendido aquello que se leyó.
Escrito por David Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica y Administrativa
1 de noviembre de 2026

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