355 | Tres modalidades de lectura que un abogado debe conocer

 


La lectura no constituye una actividad uniforme, pues su desarrollo depende del propósito que persigue un abogado y de la manera en que este interactúa con el contenido de una obra.

En el ejercicio de nuestra profesión, leer no consiste únicamente en recorrer documentos jurídicos o revisar disposiciones normativas, pues también se pretende desarrollar la capacidad de comprender, interpretar, analizar y extraer información relevante de distintas fuentes del derecho. Por tal motivo, un abogado debe saber que no todos los textos —jurídicos o no— se leen de la misma manera ni con idéntica finalidad.

Dependiendo de la naturaleza del texto, del propósito de la consulta y de la actividad profesional que se pretenda realizar, podemos distinguir tres modalidades fundamentales de lectura: la lectura secuencial, la lectura selectiva y la lectura analítica.

1. Lectura secuencial o lineal (de principio a fin)

Esta modalidad de lectura consiste en recorrer íntegramente una obra, desde su primera página hasta la última, respetando el orden y la estructura establecidos por el autor. El propósito es comprender el contenido de manera progresiva, siguiendo la articulación de las ideas, los acontecimientos y el desarrollo argumentativo o narrativo del texto.

Resulta especialmente apropiada para novelas, cuentos, biografías, ensayos narrativos y obras literarias, puesto que su comprensión depende, en gran medida, de la continuidad y conexión entre sus distintas partes. En el caso de tratarse de textos jurídicos, también se puede aplicar esta modalidad cuando, como abogados, necesitamos estudiar expedientes judiciales, resoluciones, sentencias, contratos, informes jurídicos, libros especializados o investigaciones doctrinarias.

Por ejemplo, cuando un abogado que recibe una sentencia judicial, no debería limitarse a leer únicamente la parte resolutiva, pues necesita conocer los antecedentes del proceso, las pretensiones de las partes, los fundamentos fácticos y jurídicos, la valoración probatoria y el razonamiento desarrollado por el órgano jurisdiccional. Solo mediante una lectura integral podrá comprender cómo se construyó la decisión y cuáles son sus implicancias jurídicas.

En el caso de leer novelas, cuentos, biografías, ensayos y obras literarias, se debe considerar que la principal característica es que no se busca fragmentar el contenido ni anticiparse a determinadas secciones, sino experimentar y comprender la obra en su totalidad. De esta manera, se podrá identificar la evolución de los personajes, la secuencia de los acontecimientos, la construcción de los argumentos y la intención comunicativa del autor.

2. Lectura selectiva, exploratoria o de consulta (no lineal)

En esta modalidad, un abogado no debe abordar la totalidad de una obra, sino que examina —deliberadamente— determinadas secciones en función de una necesidad informativa concreta. El fin consiste en localizar, identificar y recuperar información específica sin necesidad de efectuar una lectura integral del documento.

Para ello, un abogado puede recurrir al índice general, la introducción, los títulos y subtítulos, las conclusiones, los glosarios, los anexos o cualquier otro apartado que le permita encontrar rápidamente el contenido que necesita.

Esta modalidad resulta útil para consultar diccionarios, enciclopedias, manuales especializados, libros técnicos y obras de referencia académica. En el ámbito jurídico es particularmente necesaria cuando se requiere consultar códigos, leyes, reglamentos, jurisprudencia, precedentes vinculantes, acuerdos plenarios, manuales jurídicos, diccionarios especializados o expedientes de considerable extensión.

Por ejemplo, un abogado que necesita verificar el significado de un término jurídico puede acudir directamente al apartado correspondiente de un diccionario especializado, sin tener que leerlo íntegramente. Otro caso, cuando se necesita verificar el plazo para interponer un recurso impugnatorio, se puede acudir directamente a la disposición normativa que regula dicho plazo. Del mismo modo, si se necesita identificar el criterio jurisprudencial establecido sobre una determinada institución jurídica, se puede revisar los fundamentos pertinentes de una sentencia sin necesidad de estudiar íntegramente todos sus apartados.

La principal característica es la economía de tiempo y la orientación hacia un objetivo informativo determinado. No obstante, requiere que un abogado tenga cierta claridad respecto de aquello que busca, pues una consulta desordenada puede ocasionar que se omitan datos relevantes o que la información se interprete fuera de su contexto. En otras palabras, se lee para encontrar información puntual, resolver una duda o satisfacer una necesidad específica de conocimiento.

3. Lectura analítica, crítica o de estudio (activa y reflexiva)

Es una modalidad de lectura profunda que exige la participación intelectual del abogado, quien no se limita a recibir pasivamente la información, sino que examina, interpreta, cuestiona y evalúa el contenido de la obra. El propósito fundamental es alcanzar una comprensión rigurosa de las ideas expuestas, identificar sus fundamentos y establecer relaciones entre los distintos planteamientos del autor.

A diferencia de la lectura secuencial, la lectura analítica procura penetrar en la estructura conceptual del texto para comprender no solamente lo que sostiene el autor, sino también cómo lo argumenta, por qué lo sostiene y cuáles son las consecuencias de sus planteamientos.

Para esto, es recomendable aplicar diversas técnicas de estudio, como subrayar las ideas principales, elaborar anotaciones al margen, formular interrogantes, identificar conceptos fundamentales, contrastar argumentos, consultar fuentes complementarias y redactar síntesis con palabras propias. Es indispensable para abordar obras filosóficas, científicas, históricas y académicas, especialmente cuando se pretende adquirir conocimientos especializados, desarrollar una postura crítica o construir nuevos planteamientos a partir de lo leído. En el ámbito jurídico resulta indispensable para estudiar instituciones jurídicas, interpretar disposiciones normativas, analizar jurisprudencia, desarrollar investigaciones académicas y construir argumentos destinados a sustentar una posición jurídica.

Por ejemplo, cuando un abogado estudia una sentencia del Tribunal Constitucional, no debería limitarse a identificar el sentido de la decisión. También debe examinar el razonamiento empleado por los magistrados, determinar los artículos constitucionales interpretados, identificar los principios involucrados y evaluar la posibilidad de aplicar dicho criterio a otros casos.

En el caso de una obra filosófica, al estudiar La República de Platón, el abogado no debería limitarse a conocer las ideas expuestas sobre la justicia y el Estado, sino que tendría que examinar sus fundamentos filosóficos, relacionarlos con otros planteamientos y evaluar su vigencia o sus limitaciones en el pensamiento contemporáneo.

Reflexión final: un abogado debe saber leer antes de saber argumentar

Queda claro que la lectura constituye una de las competencias intelectuales más importantes en el ejercicio de nuestra carrera. Un profesional del derecho que no sabe leer adecuadamente puede interpretar incorrectamente una disposición normativa, pasar por alto un fundamento determinante de una resolución o construir argumentos sobre información incompleta.

Por ello, dominar estas tres modalidades no es simplemente una cuestión de hábito, sino una exigencia para desarrollar un ejercicio profesional riguroso.

1. Leer secuencialmente permite comprender el contexto y la totalidad de un documento.

2. Leer selectivamente permite localizar información y optimizar el tiempo de consulta.

3. Leer analíticamente permite interpretar, cuestionar y construir razonamientos jurídicos.

Es por ello que un abogado no debe limitarse a leer documentos jurídicos; debe aprender a examinarlos, interpretarlos y extraer de ellos el conocimiento necesario para argumentar con solvencia, porque en el derecho, muchas veces, la diferencia entre una argumentación débil y una jurídicamente sólida no está en cuánto se ha leído, sino en qué tan bien se ha comprendido aquello que se leyó.

Escrito por David Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica y Administrativa
1 de noviembre de 2026


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