Casos en los que NO se debe colocar punto ni punto y guion

La mayoría de abogados, al momento de redactar sus escritos, suelen colocar dos puntos, punto o punto y guion al terminar de redactar un subtítulo o título interior, tal como se observa en el siguiente ejemplo:



Sin embargo, está mal. Para fundamentar nuestra respuesta es necesario recurrir a dos textos de redacción jurídica. El primero de ellos es el Libro de estilo de la justicia (RAE, 2017, p. 123), un texto dedicado exclusivamente para corregir la escritura de los abogados. Es por eso que, a continuación, describiremos los casos en los que NO se debe colocar punto, punto y guion u otro signo ortográfico.

No debe escribirse punto final [ni punto y guion, tampoco dos puntos u otros signos ortográficos] tras las siguientes secuencias aisladas en un renglón:

Caso 1. Cuando se redactan títulos y subtítulos de documentos o secciones de textos, libros, artículos, apartados, etc.:

ANTECEDENTES DE HECHO. (incorrecto)

ANTECEDENTES DE HECHO.- (incorrecto)

ANTECEDENTES DE HECHO: (incorrecto)

ANTECEDENTES DE HECHO; (incorrecto)

ANTECEDENTES DE HECHO (correcto)

Caso 2. Al final de los títulos y cabeceras de cuadros y tablas.

Caso 3. Al final de los nombres de autor en documentos, cubiertas, portadas, etc.

Caso 4. Al final de las firmas y antefirmas de documentos.

Caso 5. Al final de la colocación de la fecha (sea escrita al principio o al final del documento).

Caso 6. Al final de las direcciones electrónicas.

Caso 7. Al final de los pies de fotos, ilustraciones o diagramas (excepto, si tienen puntuación interna).

La segunda fuente la encontrarás en nuestro libro Manual para una correcta redacción de escritos judiciales (pp. 38-39). Ahí también observarás más ejemplos.

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Escrito por David Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica
26 de marzo de 2024

 


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