¿Se puede citar un texto con letras cursivas en los escritos jurídicos?

Como abogados, muchas veces hemos visto y leído en algunas sentencias, resoluciones, recursos y otros documentos propios del ámbito jurídico que al momento de citar, se coloca la cita abriendo comillas y con letra cursiva. La pregunta es ¿estará bien hacerlo de esa manera? Veamos el siguiente ejemplo:

La mayoría de abogados y algunos docentes que enseñan el curso de Redacción Jurídica sostienen que se redacta de esa manera (con comillas y cursiva) por una cuestión de «costumbre». La nueva pregunta sería ¿existe alguna regla que afirme o apoye a esa «costumbre»?

La costumbre puede tomar ventaja si y solo si no se tiene una regla establecida, pero en caso de que exista una o más reglas, entonces son estas últimas las que se deben aplicar. Por demás queda decir que, como abogados, debemos estar siempre preparados en el ámbito profesional y estar actualizados con las reglas de ortográficas y gramaticales establecidas por la RAE.

Una de las primeras fuentes que encontré respecto a citar con letras cursivas corresponde a un libro que fue publicado en el año 2008 y sostiene escribir la cita con letras cursivas en un texto. Observa bien la siguiente imagen:

Como puedes observar, algunos libros, como este, son los que sostienen que, al momento de citar en los textos administrativos y jurídicos, se debe citar con letras cursivas. Por tal motivo, muchos abogados aprendieron a escribir de esa manera y varios lo siguen haciendo. Ahora bien, ¿existirá un libro actual que establezca citar un texto con letra cursiva?  

En efecto, existe y no solo un libro, sino dos. El primero es el Libro de estilo de la justicia (p. 206). En el capítulo que corresponde al uso de las letras cursivas encontramos que esta se emplea para citar, pero se debe hacer en un párrafo aparte y con sangrado.

Tal como puedes leer, para citar con letra cursiva debes redactar en un párrafo aparte, con un número de letra menor al texto principal y con sangrado. Esta manera de citar queda implícita que se refiere a un texto que contenga más de cuarenta palabras. Además, también es viable citar en texto aparte, pero sin la cursiva, aunque si con el sangrado y con un número de letra menor, tal como nos ofrece la Gramática y ortografía básicas de la lengua española (p. 403).

Ahora bien, ¿sabías que también puedes citar en párrafo aparte y sin cursiva? En este caso se emplea la letra redonda, con sangrado, sin comillas y con un número menor. Veamos el siguiente cuadro:

Lo incorrecto sería citar con cursiva un texto que sobrepase las cuarenta palabras dentro del mismo párrafo y con comillas. A continuación un ejemplo incorrecto:

Ahora que ya sabes citar adecuadamente y con fuentes bibliográficas solo te queda poner en práctica.

Fuentes bibliográficas

Muñoz Machado, S. (2017). Libro de estilo de la justicia. Barcelona: Espasa Libros.

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua (2019). Ortografía y gramática básicas de la lengua española. Madrid: Editorial Planeta. 

Sánchez Alonso, F. & Escuela de Administración Pública Región de Murcia (2008). Manual de redacción de documentos administrativos.

Escrito por David Misari Torpoco

Abogado y docente de Redacción Jurídica

30 de abril de 2023

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