En el ámbito del derecho civil la palabra «compraventa» es muy usada, sobre todo en los contratos; sin embargo, la duda surge al momento de escribir esta palabra, puesto que en varios escritos lo vemos con un guion colocado al medio (compra-venta), pero en otros, lo vemos sin guion y con un espacio (compra venta). Entonces nos preguntamos ¿cuál es la manera correcta de escribir esta palabra?
El sustantivo compraventa se escribe
en una sola palabra, por lo que no es recomendable escribirla con guion
(compra-venta) ni con espacio intermedio (compra venta), tal como indica el
diccionario académico.
En el ámbito del derecho civil, al momento de redactar esta palabra, sea en
alguna demanda o en algún contrato vemos lo siguiente:
- La
compra-venta
del bien inmueble no se concretó. ×
- La
compra
venta del bien inmueble no se concretó. ×
La Nueva gramática de la lengua española escribe compraventa
como ejemplo de compuesto propio o univerbal. Lo define como aquel en el que
«sus dos componentes se integran en una única palabra ortográfica», a
diferencia de los compuestos sintagmáticos, esto es, los formados por «palabras
que mantienen su propia independencia gráfica», unas veces con guion intermedio
(acción-reacción) y otras sin él (tren bala). Tal es la grafía, además, registrada
tanto en el Diccionario de la lengua
española como en el Diccionario del
estudiante, donde se define compraventa como ‘hecho o actividad de comprar
y vender, especialmente cosas usadas’.
Así pues, en los ejemplos anteriores lo apropiado habría sido escribir lo
siguiente:
·
La compraventa del bien inmueble no se
concretó. ✔
Respecto a su plural,
lo adecuado es emplear las
compraventas, y no las compraventa.
Es menester recordar también que respecto a la expresión contrato de compraventa, la Academia recoge también como
alternativa contrato de compra y venta,
con la letra ‘y’ intercalada, opción igualmente válida si cada uno de los
componentes se pronuncia por separado y conservando su acento: «Los abogados
están introduciendo cláusulas especiales en los
contratos de compra y venta de viviendas para que el precio de la
propiedad pueda ser renegociado».
Fuente: Fundeu.
Escrito por David E. Misari Torpoco
25 de julio de 2022
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