No obstante, como abogados debemos saber ¿qué es lo que nos indica el Libro de estilo de la justicia de la RAE?
A continuación te comparto textualmente lo que sostiene:
Cuando se realiza la referencia a algún título, sección, apartado, artículo, inciso, disposición adicional, etc., de un texto legal, estas palabras (o sus abreviaturas tít., secc., art., apdo., inc., disp. adic.) deben escribirse con inicial minúscula: Así se reconoce en el art. 84, apartados 2 y 7, y disposición adicional sexta de la LOE.
Es por esta razón que, al momento de redactar los identificadores genéricos como artículo, inciso, numeral, literal, título, capítulo, sección y otros, se escriben con letras minúsculas iniciales.
Esta información la puedes encontrar en la página 156 del Libro de estilo de la justicia (RAE).
A continuación te comparto textualmente lo que sostiene:
Cuando se realiza la referencia a algún título, sección, apartado, artículo, inciso, disposición adicional, etc., de un texto legal, estas palabras (o sus abreviaturas tít., secc., art., apdo., inc., disp. adic.) deben escribirse con inicial minúscula: Así se reconoce en el art. 84, apartados 2 y 7, y disposición adicional sexta de la LOE.
Es por esta razón que, al momento de redactar los identificadores genéricos como artículo, inciso, numeral, literal, título, capítulo, sección y otros, se escriben con letras minúsculas iniciales.
Esta información la puedes encontrar en la página 156 del Libro de estilo de la justicia (RAE).
Escrito por David Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica
26 de setiembre de 2024
Abogado y docente de Redacción Jurídica
26 de setiembre de 2024
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